Presentación
- Formas de los procesos electorales
- Facultad del Consejo de Estado de convocar a elecciones y a designar a la Comisión Electoral Nacional.
- Integración y funciones de las Comisiones de Candidaturas.
- Derecho de todos los ciudadanos con capacidad legal para ello, a intervenir en la dirección del Estado, bien directamente o por intermedio de sus representantes.
- El Partido no propone, no nomina ni promueve candidatos, es el propio pueblo, los electores, los que tienen esa facultad, la que ejercen en asambleas públicas en acto libre y soberano.
- Inscripción universal, automática y gratuita de los electores.
- El voto es libre, igual y secreto y cada elector tiene derecho a un solo voto.
- Tienen derecho al voto los cubanos que hayan cumplido 16 años, excepto los incapacitados mentales previa declaración judicial de su incapacidad y los incapacitados judicialmente por causa de delitos.
- Derecho de los mayores de 16 años a ser elegidos. Cuando se trate de Diputados a la Asamblea Nacional se requiere tener cumplidos 18 años.
- Derecho de los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y demás miembros de los institutos armados a elegir y ser elegidos.
- Inexistencia de campañas electorales discriminatorias, millonarias, ofensivas, difamatorias y denigrantes. Los candidatos no pueden hacer campaña a su favor.
- Total transparencia en los comicios.
- Obligación de que todos los electos lo sean por mayoría. El candidato sólo es electo si obtiene más del 50% de los votos válidos emitidos.
- Alta participación del pueblo en las elecciones. En todos los procesos electorales que se han celebrado desde el año 1976, han participado más del 95% de los electores.
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